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Fallos: 146:98 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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risprudencia de la Corte Suprema invocada, se declara incomFetente el infrascripto para entender en el sumario. En su consecuencia, remitase al señor Juez de Instrucción que corresponda, con el oficio de estilo, Jantus
DICTAMEN DEL, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Los atentados contra la seguridad del tráfico ferroviario, cuyo juzgamiento compete a la justicia federal, son aquellos destinados y eapaces de suspender, interrumpir o alterar dicho trático.

La pérdida de la valija de un pasajero, «que supone le ha sido substraida, y así lo denuncia ante la autoridad policial (fs. 1), no reviste, como es obvio, los caracteres del delito antes referido.

Dicha substracción puede constituir un delito de carácter común, previsto y castigado por el Código Penal. Su juzgamiento corresponde a la jurisdicción del Juez local, En tal sentido soy de opinión que procede dirimir la presente contienda de competencia trabada entre el señor Juez Federal y el de Instrucción en lo Criminal de la Capital de la Nación, en la presente causa que se inicia por denuncia del doctor Aristóbulo H. Durañona, Tal es mi dictamen, Horacio R. Larreta

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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:98 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-146/pagina-98

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