DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, 16 de Junio de 1906 Suprema Corte:
EL 8 de agosto de 1922 falleció en la Capital de la Nación doña Esperanza Giménez de Ezcurra.
El 11 del mismo mes fué iniciado su juicio sucesorio a pedido de algunos herederos ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de la misma Capital, Otro grupo de herederos inició, por su parte, la misma sucesión, cuatro días después, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Corrientes, Trabada con tal motivo cuestión de jurisdicción entre amhos magistrados para conocer en la causa aludida, han sido remitidos ante esta Corte Suprema los autos de referencia para que V. E. dirima la contienda en uso de la facultad" que le acuerda El artículo 9." de la ley 4055. :
Se discute en estos expedientes cuál fué el último domicilio del causante.
Creo que ello está claramente establecido.
En efecto: se ha acreditado en el expediente de la capital que la señora de Ezcurra se trasladó desde Curuzú Cuatiá a Buenos Aires, y que una vez aquí manifestó públicamente su voluntad de radicarse definitivamente en su nuevo domicilio.
La documentación agregada a los autos referidos lo comprueba así terminantemente, El poder conferido a su yerno (fs. 64) con fecha 25 deagos.
to de 1921 para que administrara todos sus bienes; la carta de fs. 204 de 27 de septiembre del mismo año, debidamente autenticada ; el documento de fs. 57 suscripto en Buenos Aires el 25 de abril de 1922; el testimonio de fs. 252 referente a la venta de
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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:286
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