Juez de Sección de la Provincia de Tucumán para que por intermedio de esta Corte se notifique una demanda al Gobierno de la Nación y, en consecuencia, devuélvase sin más trámite.
J. Fierros ALcorra. — RAMÓN
Méxpez. — M. LAURENCENA.
Exhorto del Juez en lo Civil y Comercial de La Plata, doctor Lucio Moreno Quintana, librado a otro de Primera Instancia en lo Civil de la Capital, en el juicio "Cascallares, don Héctor, sobre regulación de honorarios", Contienda de competencia.
r Sumario: 1.° La regulación y cobro de honorarios devengados en un juicio sucesorio competen al Juez de la sucesión.
2" El cobro de honorarios importa el ejercicio de una acción personal, y su conocimiento corresponde, por lo tanto, al Juez del domicilill del demandado.
3." Las gestiones sobre cobro de honorarios constituyen un incidente o emergencia del juicio en el que han sido causados, y su conocimiento corresponde al Juez que entiende en los autos principales.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
VISTA FISCAL .
Señor Juez:
En mi concepto el escribano Cascallares debe solicitar re- 5 gulación de sus honorarios ante el juez de quien emana su nom
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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:21
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