organización de los ministerios, invocados por el a quo, establecen la no obligatoriedad de las leyes publicadas fuera del Boletín Oficial. El decreto no podía establecerlo atento lo dispuesto en el art. 2 del Código Civil; y la ley 3727 se limita a establecer en lo pertinente, que cada ministerio deberá intervenir en la publicación de las leyes relativas a su despacho, pero nada dice que ésta deba hacerse en el Boletin Oficial, ni establece que ese requisito es necesario para su obligatoriedad.
Lo expuesto basta para considerar que la ley 10.349 fué publicada legalmente con anterioridad a la fecha en que se entregó el cumplido del boleto de embarque de la carga que llevó el buque Malte, el cual zarpó el día 22 de enero de 1918, o sea, dos días después de publicada válidamente la citada ley 10.349. Lo mismo ocurre con respecto a la carga del buque Monterroso que zarpó el día anterior aparte de la razón aducida en la sentencia relativa a la falta de prueba en la estación oportuna, de la correspondiente protesta, pues el documento de fs. 126, presentado a esta Cámara extemporáneamente, no puede suplir a aquélla, atento lo dispuesto en los artículos 220, 222 de la ley nacional de procedimientos.
4" Que los impuestos pagados por las cargas de los buques Heraldo, Orleans, El Uruguayo, Máias y Demerara, con anterioridad al 17 de enero de 1919 en que se publicó la ley N". 10646, la cual prorrogó hasta el 28 de febrero de 1919 la ley-de impuestos N". 10349 que caducó el 31 de diciembre de 1918, han sido legalmente cobrados. En efecto, no- sólo así resulta del mismo vocablo "prorrogar", empleado en la citada ley, sino también del espiritu que la informa, que indudablemente era el de establecer para los dos primeros meses de 1919 los mismos impuestos que rigieron el año anterior. Prorrogar, significa efectivamente, alargar, prolongar, dilatar, extender; y no es necesario que se aplique a lo que existe o está en vigencia como lo expresa el Juez a quo siño que puede muy bien referirse a lo que existió o estuvo en vigencia, tal como ha ocu
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Año: 1926, CSJN Fallos: 145:196
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