10 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA la forma determinada por la ley. (Fallos: tomo 122 pág. 244 ). :
Por ello y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se declara, ival concedido el recurse, — Notifíquese y devuelvanse.
A. BermEJO. — J. FIGUEROA AtCORTA, — RAMÓN MÉNDEZ. — Ronexro Rererro, — M Lau RENCENA, 1 1 —————— L Don Pedro Y. Mórtola, Su excarcelación bajo canción juratoria. ' Simario: No tiene carácter de definitiva a los fines del recurso extraordinario el artículo 22 del Código de Procedimientos en lo criminal, una resoluxón que decide un incidente de excarcelación bajo caución juratoría Caso: Lo explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DF, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
A Buenos Aires, Octubre 1: de 1925 Suprema Corte:
Solo son apelables para ante V. E. por vía del recurso extraordinario que acuerda el art. 14 de la ley 48, las sentencias definitivas dictadas por los tribunales superiores. (Art.
22, inciso 2." del Código de Procedimientos Criminales).
Y son tales todas las que ponen fin a la cansa o que impiden su prosecución,
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Año: 1926, CSJN Fallos: 145:140
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