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Fallos: 143:112 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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Banco Provincial de Salta, en autos con Don Luis de los Rios, por cobro ejecutivo de pesos, Recurso de hecho, Sumario: 1.° No procede el recurso extraordinario del articulo 14, ley 48, contra una resolución que deciara la, procedencia del fuero federal invocado, 2 La declaración de competencia de la justicia federal no puede constituir agravio para el recurrente, dado que la justicia nacional ofrece iguales garantias de imparcialidad y acierto a todos los litigantes.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Mayo 15 de 1624 Suprema Corte:

El Banco Provincial de Salta demandó a don Luis de los —Ríos por cobro ejecutivo de pesos ante el Juzgado en lo Civil y Comercial de la 3" Nominación de dicha ciudad, El demandado opuso la excepción de incompetencia de jurisdicción alegando ser de nacionalidad boliviana. Se acogió, por ello, al fuero federal, Substanciado el incidente la resolución del juez fué favorable a la procedencia del fuero federal. El Superior Tribunal de Justicia confirmó esta resolución y denegó el recurso extraordinario de apelación que interpuso el Banco para ante V. E. fundado en el artículo 14 de la ley 48 sobre jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales, Adhiero a esta resolución denegatoria, No viola garantía alguna de carácter federal la senten

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Año: 1925, CSJN Fallos: 143:112 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-143/pagina-112

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