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Fallos: 141:87 de la CSJN Argentina - Año: 1924

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masia que también alega aquélla de habérsele cobrado más de los dos quintos del adoquinado que le hubiere correspondido de acuerdo a la ordenanza N.° 70.

No forma parte, en consecuencia, de la "litis" trabada, la realidad o efectividad del pago hecho por la empresa y percibido por la demandada, del importe reclamado. Doctrina de los arts. 110, 114, 120, 260, 300 y 306 del Código de Procedimientos. Por lo que el Tribunal resolvió plantear las siguientes cuestiones:

1 ¿Ha probado la demandante que el adoquinado que se le ha cobrado haya sido construído en un camino ordinario? 2 ¿Estaba exonerada la empresa ferroviaria del pago del adoquinado que se le ha cobrado, por la ley N.° 5315? 3" ¿Y por el art. 9° del contrato que en virtud de la ley N." Go62 celebró con el Poder Ejecutivo Naciona! en 9 de enero de 1909? Caso negativo a la segunda y tercera cuestiones:

4" ¿Estaba la Municipalidad de Zárate obligada a gestionar el pago del empedrado, solo del impuesto único del tres por ciento que corresponde pagar a la empiesa, según la ley 5315 y contrato de 9 de enero de 1909? 5 ¿Estaba exonerada también del pago del impuesto de alumbrado que se le ha cobrado por la ley 5315? 6 ¿Lo estaba al pago de ese mismo impuesto, por el art.

9.° del contrato de 9 de enero de 1909 celebrado entre la empresa y el Poder Ejecutivo Nacional? 7° ¿Correspondia a la Municipalidad de Zárate, gestionar el cobro del alumbrado, del impuesto único del tres por ciento que paga la empresa al Gobierno Nacional en virtud de la ley 5315 y contrato de 9 de enero de 1909? 8° Caso negativo a la segunda y tercera: ¿Correspondía a la actora el pago del afirmado sólo por dos quintas partes del todo? 5

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:87 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-141/pagina-87

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