SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Buenos Aires, Junio " de 1923  Vistos y Considerando: 
Que en en agosto 5 de 1920, la sociedad anónima The Bon Ami Company de New York, demanda contra Feeney y Cia. la nulidad de la marca de comercio N.° 26.462, para distinguir artículos de la clase 14, nomenclatura actual, otorgada por la Oficina de Marcas de 13 de agosto de 1910 y cuya renovación dice, solicitó la demandada el 7 de julio de 1920, a lo que se ha apuesto su parte, en expediente que corre por separado. Reduce la demanda de nulidad. dentro de los artículos de la clase 14, a los jabones e implementos para la limpieza de cristales, etc, que figuran en el rubro de sus negocios, Y fundándola, expone: "que desde 1892 fabrica y vende jabones con el nombre Bon Ami, en cuyo año efectuaron el primer registro de esa marca en la Oficina Central de los Estados Unidos y posteriormente en varios otros paises. Y cuando por la importancia de sus negocios con el nuestro, quiso, en 1913, registrarla aqui, se encontró con que Feeney y Cía., ya la tenian registrada, Inició gestiones para que éstos se la transfirieran, pero fracasaron debido a las exageradas pretensiones de los demandados.
Que el registro hecho por Feeney y Cía. no fué una mera coincidencia, ya que en su época la marca Bon Ami era conocida en Buenos Aires; en 1909 la revista norteamericana Outloock, que llegaba al país para varios subscriptores, publicó avisos de dicha marca. Tan es así, agrega, que la sociedad Feeney y Cia., se limitó a guardar la marca sin fabricar o vender ningún jabón bajo ese nombre, Que la sentencia dictada por el a quo, rechaza la demanda basándose en el fallo de este Tribunal, confirmado por la
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Año: 1924, CSJN Fallos: 140:402 
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