de pagarle la cantilad que dice le debia el finado D. Ignacio Lopez, y bajo cuya única base fué admitida por este juzgado la nueva demanda entablada segun se ha dicho ya anteriormente.
Por tales fundamentos y en observacion de la Ley 1a, tit. 14, Part. 39, fallo, que debo absolver y absuelvo de la demanda á D. Agustin Muñoz Salvigny, con costas.
Y por esta mi sentencia definitivamente juzgando, asi lo pronuncio, mando y firmo en el dia y año espresado.
Hágase saber y repóngase el sello.
Agustin Justo de la Vega.
Apeló Ermann y concedido el recurso en relacion, se dictó el siguiente Fallo de la Suprema Corte.
Ruenos Aires, Setiembre 20 de 1873.
Vistos : por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja treinta y ocho vuelta ; satisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.
Satvanon M. DEL Canmir. — FRANcisco Dercano. — Josf: Bannos Pazos.-— d. BB. Gonostiaca. — dJ. DOMINGUEZ.
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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:79
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