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Fallos: 14:54 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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desde la fecha de la demanda, y á todas las costas del juicio. Satisfechas en consecuencia las de esta instancia, y repuestos los sellos, devuélvanse los autos.

SALVADOR Marta DEL CAnñit, — FRancisco DeLGaDO, -— José Bannos Pazos —d. B. GonosTiaca.— José DOMINGUEZ.

— ES

CAUSA CVI.
Grellet Vigier y Cs, contra Quesnell Hnos. y C°, sobre competencia.

Sumario. — 19 El conocimiento de las cuestiones sobre cumplimiento de un contrato de colonizacion en país estrangero, no corresponde á la justicia nacional.

20 La justicia nacional es improrogable.

Caso. —En 16 de Junio de 1873 los Sres. Grellet Vigier y C°, del comercio de Buenos Aires y accidentalmente en el Rosario de Santa-Fe, se presentaron ante el Juez de Seccion de aquella Provincia esponiendo que en Octubre de 1872 habian celebrado una asociacion con los Sres.

Quesnell Hnos. y C', del Havre para esplotar unos terre

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:54 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-54

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