« Rioja, Enero 13 de 1869.
« Señor Don David Argiiello.
« Muy señor mio:
« He recibido su carta fecha 23 del mes ppdo. en que me reconviene con poca prudencia por no haberle aun satisfecho mis compromisos con su casa. Mas de una vez le he espresado los graves quebrantos que he sufrido en mis negocios con los presentes trastornos de esta Provincia, y á Vd. le consta que ha habido remesas de mercaderías que no las he recibido porque las montoneras se apoderaron de ellas en el camino y sin embargo ha sido Vd. pogado de ellas.
« Hacen dos años que siguen las revueltas en esta Provincia, y en todo ese tiempo hasta ahora no he podido hacer diligencia. A mi tambien me deben cantidades y por la misma razon no puedo cobrar para satisfacer mis créditos.
Vd. mismo tiene que darme algunos recibos por cantidades que le he remitido, y hasta ahora puedo obtenerlos. En tres años mas podré pagarle en dividendos cuyo tiempo le pido á Vd. espera, que si no accediese á esto puede Vd. tomar el espediente que mejor le pareciere, pues mis deudores se hallan en el mismo caso, si Vd. quiere puede apoderar alguna persona para el arreglo.
« Soy de Vd. afmo. S.S.
José M. Moral. » En rebeldía de del Moral, se ordenó el reconocimiento de la carta exhibida, cometiéndose la diligencia al Juez de Seccion en la Rioja.
Practicado el reconocimiento se dictó este:
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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:52
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