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Fallos: 14:162 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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80,000 $ y sus intereses los tenia abonados ante el Juez de Paz de Quilmes.

Con este reconocimiento Leon inició ejecucion contra Urquiaga y el Juez dictó acto de solvendo.

En este estado, Leon obtuvo el embargo de 45,500 $ que Urquiaga habia depositado en poder del vecino de Quil mes D. José Agustin Matienzo, Hecho el embargo, el Procurador Barcos por Urquiaga se presentó declinando la jurisdiccion provincial, por ser el demandado estrangero y el demandante argentino.

Este incidente fué fallado definitivamente por el Superior Tribunal de Justicia, declarando que el caso era de competencia nacional, despues de lo que se desembargaron los 45,000 $ de que se ha hecho mencion.

hemitido el espediente al Juzgado Federa lá solicitud de Leon, este inició juicio ejecutivo por el capital que indica el pagaré con sus intereses y costas.

El Procurador Barcos, por el ejecutado, obló 80,000 $; 40,000 $ para que se entregasen al acreedor por ser la única cantidad que se le debía, y los otros 40,000 para que se embargasen, pidiendo ser citado de remate para oponer Excepciones.

Citado de remate, Barcos opuso la excepcion de pago é inhabilidad del titulo.

Dijo que el pagaré presentado por el ejecutanie se fundaba en un contrato de venta de haciendas y arrendamiento de un campo segun se comprueba con el documento que presentaba, En este documento, fecha Mayo 1 de 1871, Leon declara : haber vendido á D. Antonio Urquiaga y 1 3100 cabezas de ganado lanar al corte con accion á las señales y á ocupar la poblacion que tenia en el Partido de Quilmes por 4 años, á contar desde el 19 de Abril del corriente,

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:162 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-162

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