Plutarco Sácnz y Ministerio Fiscal contra el Frigorífico La Plata Cold Storage (hoy Sizwft, por defraudación a la renta de Aduana).
Sumario: 1. El derecho de estadística establecido por los articulos 8 de la ley número 4933 y 21 de la número 8121, no es un derecho a la exportación ni tampoco a la importación, ni está asimilado a éstos en cuanto a las penalidades creadas para evitar en ellos las falsas manifestaciones tendientes a disminuir su producido ; por lo que no le son aplicables las Ordenanzas de Aduana, si bien no queda librado en absoluto el pago de los derechos de estadística a la buena o mala voluntad de los particulares a quienes afecta artículos 1029 y 1030 de las Ordenanzas de Aduana; Fallos: tomo 99 pág. 317 , y 106. página 115).
2," No es legalmente admisible la compensación entre las sumas pagadas de más y las pagadas de menos en concepto de derechos de estadística, hasta donde alcance la cantidad menor (articulo 823 del Código Civil).
3." Dado que únicamente tenían una designación especial en la Tarifa de Avalúos las lenguas conservadas y saladas, careciendo de toda indicación las lenguas congeladas y enfriadas; atento el informe de la Aduana, según el cual ° las lenguas enfriadas o congeladas se incluyen entre las "menudencias" y se aforan como tales y no existiendo en autos prueba alguna que permita establecer que se exportó lenguas conservadas y saladas como congeladas y enfriadas, a fin de hacerlas figurar entre las menudencias, corresponde, en el caso, deciarar que no hubo infracción al respecto; no así, en cuanto a los óleos denunciados como sebo, es decir, el producto que abona menos.
Caso: Lo explican las piezas siguientes :
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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:393
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