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Fallos: 138:424 de la CSJN Argentina - Año: 1923

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sa FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Eracuada la comestación a fojas 17, manifiesta Lucero que la actora que gozaba de uma pensión militar mensital de 5 294/0.

. lo vio pora que Je gestionara sti anmento, prometicmdule: paga:

gastos y comisión. Que hajo esa promesa, y como esas gestiones con-tituiar) «tt modo de vivir, =e hizo cargo del astimto, comvimenda que doña Rosa le pagaría, fuera de los gastos, el aurento de la pensión. hasta un plazo determinado, que en etplimiento de sit obligación, hizo varios víajes 3 Eternos Aires, gastamlo de st propio pecitio y consiguio que e le atmentaro la pensión en ciento ochenta pesos concctatro centavos, Tijóndesela en doscientos diez pesos a contar del 17 de Enero de 119, amenento que

en Julio de 1908, le firmo el compromiso que había celebrado verbalmente, que por escrito acompaña a e-ta contestación.

Que en virtud de ese convenio, percibido las Tieuicaciones desde el 17 de Enero de 1918 hasta € 31 de Julo, recibiendo Ja actora do sue le correspondía, como lo acredita el recibo acordado por ella misma, que tambien adjunta, que tambien cobro xl mes le Agosto, mo emregándole 4 la

apizas para cobrar ella en persona el- mes de Septiembre, "0 aque as hizo sin entregarle

Que, en comectiencia, el le debe S 2990 y ella de debe juos Soo. por Septies bre, siemdo, por tanto, acreedor por la sua de 5 13008: pide e le aprueben site cremas, ¡ot costas 2 la demandante, quien al evacuar la vista concedida, monifie=ta + fojas 26, que en lagar de declararse por el juzgado ese sable emostr contra, «e comen a Lacer a nlomarle %a ett ee pesos 124, Cm oMás el interés del NS, antal, desde da fectia que ha pereibide coda entrega, com costas, Niega doña Revia que a cargado en ciempao agro, gestionar el nimiento ee = pensión, ni que Je haya prometido pagarle gastos e vemisi

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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:424 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-138/pagina-424

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