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Fallos: 138:253 de la CSJN Argentina - Año: 1923

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 2 Los recurrentes han invocado oportimamente el derecho que, según ellos entienden, les acuerda el articulo 3", inciso 4 de la ley 48 para ser juzgados por los tribunales federales. La Cámara, por razones de derecho, ha denegado ese fuero.

Se encuentra, pues, cumplido el requisito establecido por el articulo 14 de la misma ley para que proceda la apelación: la denegación de un derecho fundado en la interpretación que se atribuye a na los nacional, Opino, por tanto, que la apelación fué mal denegada y que procede abrir el recurso para ante V. E.

En cmanto al fondo del mismo:

Se trata, corro se ve, de la comisión de un delito de carács ter común, previsto y castigado por el Código Penal. No es un :

delito federal como los que prevé el artículo 111, inciso 13 de la ley orgánica de los tribunales de la Capital y que atribuye competencia para su juzgamiento a los jueves de sección.

No es, tampoco, el delito impuado, el previsto por el artículo 23. inciso $" del Código de Procedimientos en lo Criminal, ya que no aparece ofendida la soberania y seguridad de la Nación, ni defraudada si renta o corrompido a obstruído el buen servicio de sus empleados, e violentada 0 estorbada Ta correspondencia de los correos, o estorbada o falseada las elec ciones nacionales, o falsificados documentos o moneda mucional o billetes de Banco antorizados por el Congreso, La jurisdicción Federal, pues, sólo podría fundarse en la eircusntancia de aparecer cometido el delito como lo sostienen los apelantes, en lugar donde el Gobierno de la Nación tiene absoluta y exclusiva jurisdicción, Pero, aparte de que esa disposición no rige en absolno para la Capital de la Nación donde toda jurisdicción, por sia origen y naturaleza es nacional, como se desprende de lo prescripto por el artículo 23, inciso 47 del Código de Procedimientos Criminales, ereo que, el delito actisado aparece cometido en

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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-138/pagina-253

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