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Fallos: 137:340 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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310 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Eo Fundado principalrente en esa anotación de la tibreta, el Juez declara que el demandado se halla establecido en Balears con ánimo de permanecer, ciremstancia ala cual agrega que constalen atitos que tiene una esa y tn establecimiento de campo en la provincia de Buenos Aires.

Cree el Juez que bastan esas circunstancias para que, con arreglo al artículo 11 de la ley 48. se repute a Kelly vecino de ta provincia de Rsenos Atres, cmilquiera que sea el Tugar donE de reside sa familia, y agrega: "Es cuestión indiferente para el Juzyado -l domicilio de la familia del señor Kelly y el dont.

cilio de derecho y domicilio real de éste para la determinación de la competencia de las antoridades públicas en lo relativo al conocimiento de los derechos y complimiento de Tas obliga ciones que se vinculan con este pleito, desde que, sen que el asunto deba ventilarse en la Capital-o en la Provincia de Bue nos Aires, lo cierto es que en st decisión no debe intervenir la ° justicia federal, por ser asunto ajeno a este fuero".

Disiento con esta doctrina, que veo expuesta por primera y vez en mue" os tribunales y que se aparta, sin razón suficiente, de los precedentes establecidos en el derecho federal argentino y en el de los Estados Unidos, Nuestra Constitución ha estatuido la jurisdicción federa! para las eaisas que se susciten entre vecinos de diferentes pro.

vincias, como la de los Estados Unidos lo ha hecho para los pleitos estre cindadadanos de diferentes estados. Pero nila > Vrgentina definió lo que entendia por vecino, ni la norteame- > ricana lo que significaba por citdadano, En ambos países ha correspondido "ese punto a la interpretación judicial.

Re En los Estados Unidos se ha entendido por los tribales E que, a los efectos del fuera federal, ciudadano de un estado es a el ciudadano de los Estados Unidos domiciliado en dicho esta do. Asi cuando se discute sobre el fuero federal por razón de las personas, siempre es el domicilio de éstas lo que se tiene en cuenta. En el caso de Morris versus Gilmer, que tiene

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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:340 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-137/pagina-340

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