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Fallos: 135:360 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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sostomo Alvarez, entre las de Bernabé Aráoz y San Luis, compuesto de 16 metros de freme por 71 iwetros 87 em. de fondo, o sean las 83 varas que dan los titulos, y que linda: Al nort», calle pública, actual €. Alvarez; sud, Alberto E. Padilla; naciente, Francisco Figueros y otros, y poniente, con la parte que correspondió al señor Antenor Páez, según la división de cordominio que después mencionará. Este inmueble lo hubo en mayor extensión en el frente, igual a 66 varas, equivalentes 57 metros, 15 er, por el fondo ya expresado, por compra a los herederos de Santiago Medina y María Aguedad Jeréz, según testimonio de escritura que acompaña, por ante el escribano Bernabé Palma el 23 de enero de 1874. Tal compra la hizo en condominio con Fidel Mendivil, quien vendió sus derechos a Fanor Molina Méndez, el 3 de septiembre de 1903. y éste, a su vez, los transfirió a Antenor Páez, con fecha abril 28 de 1909. Con el señor Páez dividieron el condominio por escritura pública de septiembre 2 de 1909, ratificada y aclarida después por la escritura del 13 del mismo mes, la que acom paña, De acuerdo a esa división le correspondieron dos lotes del inmueble, el que ha mencionado y el otro más al poniente, también de 10 metros de frente por igual fondo, Que desde Li fecha de la corpra primitiva en el año 1874 estuvo en posesión pública y pacifica del terreno, posesión de la que ha sido privado por las eatisas siguientes:

La calle Crisóstomo Mvarez, señalada en el plano que zcompaña con tinta roja, era en 1874 la prolongación exacta en linea recta y en toda la extensión desde el Boulevard AveNaneda al Mitre, " En el año 188. sin ningún trántite previo de expropiación wotro análogo y no obstante las protestas de los vecinos y pro pietarios afectados, la Municipalidad de Tucumán mandó abrir la calle Crisóstomo Alvarez, sancionando después diversas ordenanzas con el propósito de rectificarla, cosa que se hizo en el año 1908, fijándole la exacta situación que antes tenía y hoy tiene, como lo indica el plano,

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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:360 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-135/pagina-360

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