DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Julio 6 de 1v:1.
Suprema Corte:
En la cansa seguida por el Ministerio Fiscal de la Provincia de Santa Fe contra don Gustavo Mamtinez Zuviria por calumnias publicadas en el diario "Nueva Epoca", el acusado ha deducido contra la sentencia que le condena, el recurso exL traordinario que acuerda para ante la Corte Suprema el artículo 14 de la ley 48.
Sostiene el recurrente que el articulo 30 de la Ley de ImE prenta de Santa Fe es repugnante al artículo 14 de la Constitución Nacional en cuanto declara acción pública la persecución de toda publicación calhinmmniosa contra empleados públicos por imputación de delitos de carácter público.
Se explicaría que el acusado en virtud de una ley provincial de imprenta negara a las provincias la facultad de crear delitos no previstos en el Código Penal de la Nación, por las razones que tengo expuestas en varios casos y especialmente en la causa seguida por Segovia contra Orellano, (Fallos de Corte Suprema, tomo 128 pág. 202 ), "La ley de Imprenta — dije entonces, — a la vez prevetiva, es una concepción unitaria, extraña a mies "Si ella fuera autorizada por muestra Constitución, la libertad de imprenta y el honor de los habitantes habrian sido entregados a merced de funcionarios locales de escasa resporsabilidad o, por lo menos, de mu-ha menor responsabilidad que los funcionarios federales". . "Podrian entonces las provincias crear delitos especiales | e -
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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:393
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