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Fallos: 133:374 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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hierno de la vación, cortó el curso sintioso del arroya en varios puntos, dejando unas partes en la margen izquierda norte) y otros en la margen derecha tsuids del canal menor; y como consecuencia, ma parte de la propiedad del actor ha quedado en la margen derecha, coro se indica en el plano coreiente a fojas E de autos, acompañado como recaudo de la «lemmania.

Que la provincia de Buenos Aires, entiende que todas las propiedades situadas en la margen derecha y de consi guiente al sud del canal recuticado pero al norte del antigúo eatice, están sometidas a la jurisdicción provincial y deben pagar los impuestos establecidos por la provincia.

Que el actor entiende, por el comrario, que todas las propiedades situadas al norte del cauce antigúo siguen siemde de jurisdicción nacional a pesar de las modifienciones prova.

cidas por las obras de rectificación del Riachuelo, y que la jurisdicción debe - determinarse con arreglo ada situación que esos terrenos tenian antes de que se rectificase el cane:

natural abrlido y con prescindencia de los cambios operados por las obras de rectificación, porque el limite constitucional y legal de la ciudad de Buenos Aires tiene que ser el que marcaba el curso del Riachuelo de Parracas en Septiembre 20 de 1880, enalesquiera que sean las alteraciones introducidas posteriormente en el curso de ese arroyo, por obras de o retificación o de saneamiento, Que la rectificación del Riachuelo no es bastante por si sola para aumentar, disminuir o" compensar la extensión de las respectivas jurisdicciones fijadas por leves. Vara llegar a ese objeto sería necesario dictar otra ley que fijara nuevos limites tomando en cuenta la situación de hecho creada por las obras, y mientras ella no se dicte, tiene que wantenerse la situación legal ereada por la ley vigente.

Que la doble jurisdicción que nace de las consecuencias que la provincia atribuye a la rectificación del cauce del Ríachurelo, pone al actor en el caso de pagar ciobles impuestos

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:374 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-374

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