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Fallos: 132:221 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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jurídica, declaró expresamente, que ella había sido fundada en Londres, en 24 de agosto de 1841.

El juez a quo ha adoptado la misma conclusión, contra la opinión del apelante, según el cual toda persona juridica que funcione en la república con autorización de autoridades argentinas es argentina a los efectos del fuero, y se reputa vecina de la provincia en que se halla domiciliada. El apelante entiende que la sociedad actora es vecina. de la capital de la república y, siendo él extranjero, sostiene que este litigio corresponde a la jurisdicción federal, conforme a lo dispuesto en la constitución argentina, artículo 100, y en la ley de jurisdicción número 48, de 14 de septiembre de 1853, articulo 12, inciso 4" y articulo y." El caso no está expresamente previsto en muestras leyes.

La constitución cuando establece la jurisdicción federal por razón de las personas, habla de litigios entre vecinos de diferentes provincias y entre tecimnos de una provincia y estados o ciudadanos extranjeros, pero no definie la palabra 2ecino, ni menciona las corporaciones o sociedades anónimas.

Mi opinión personal sobre el significado de dicha palabra es diversa de las que ha prevalecido en las sentencias judiciales.

La constitución argentira no es tna simple traducción de la de los Estados Unidos. Las diferencias de textos enire una y otra no son errores de traducción, como suponia equivocadadamente Sarmiento, sino alteraciones intencionales, introducidas en vista de las condiciones y circunstancias particulares de nuestro pais, como lo ha hecho resaltar Alberti.

Escribiendo sobre esto hace algunos años, he dicho.

"Donde la «de los Estados Unidos, dice: "controversias entre un estado y ciudadanos de otro estado, entre cinidadanos de diferentes estados. y entre un estado o sus ciudadanos y estados, ciudadanos o súbditos extranjeros, "la constitución argentina, dice: "cansas que susciten entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias;

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Año: 1920, CSJN Fallos: 132:221 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-132/pagina-221

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