208 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Que asi entendida y aplicada dicha ordenanza, importa el establecimiento de aduanas interiores cualquiera que sen la denominación del impuesto que se cobra por la extracción y grava la circulación de los productos.
Que en tal condición la ordenamza municipal de San Nicolás de los Arroyos, es contrario en esa parte a lo dispuesto por los artículos y y 10 y concordantes de la constitución. ..
En su mérito se revoca la sentencia apelada en la parte que ha sido materia del recurso extraordinario, y se devlara que dicha municipalidad clebe devolver a don Alfredo L..
Cerrutti dentro del término de diez días de notificada esta sentencia, la suma de diez y siete centavos moneda nacional cobrados en concepto de impuesto a la exportación de dos cajones de fruta. Notifiquese original y repuestos los sellos devuélvase.
A. PERMEJO. — NICANOR G. DEL
SoLar, — D. °. PALACIO, Doña Maria Zapiola de Massera contra el consejo general de —educación de la jrovincia de Buenos Aires, por iste" dicio posesorio: sobre jurisdicción originaria.
Sumerio: Na hay contienda negativa de competencia que coresponda resolver a la corte suprema. de conformidad al artículo 9 de la ley 4.055.. en un caso en que, habiéndese declarado incompetezte la justicia local de la capital, para conocer de una cansa, la corte suprema solicitada para conocer de la misa, se limitó a decir que dicha causa no correspondia a Caso: Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1920, CSJN Fallos: 132:208
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