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Fallos: 13:72 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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que hiciese las diligencias necesarias á fin de obtener el reconocimiento y pago por el Gobierno Nacional, del libramiento n" 7453, fecha 12 de Diciembre de 1SGI por la suma de 2,000 pesos plata, estendido al portador por proveeduría de Sotomayor, Ortiz y C°.

En Febrero de 1872, D. Ramon Gonzalez por Guevara, demandó á Fourcaud la rendicion de cuentas de su cometido, pidiendo fuese condenado á la entrega del valor del documento y sus intereses, ó á la devolucion de este.

Tramitida la causa, se dictó este Fallo del Juez de Seccion.

San Juan, Agosto $ de 1872.

Vistos : entre D. ltamon Gonzalez, apoderado de D. Ciriaco Guevara, vecino de Mendoza y D. Juan Fourcaud, natural de Francia, comerciante y vecino de esta ciudad, sobre cantidad de pesos procedentes de un libramiento contra el Gobierno Nacional á favor de Guevara, de cuyo cobro fué encargado Fourcaud, con lo alegado y probado por las partes; y considerando por el mérito de los autos:

1 Que por el recibo de f. 1° otorgada por Fourcaud, consta haberse recibido y hecho cargo del cobro del mencionado libramiento, obiigándose á remitirlo á Buenos Aires para su cobro, y en su caso entregar á Guevara su importe que ascendía á la suma de dos mil pesos plata, con el interés del dos por ciento mensual desde su vencimiento, devolverlo si no fuere pagado.

20 Que por la prueba rendida por el demandado consta, que remitió la letra á la casa de D. Martin Fragueiro del Rosario de Santa Fé, quien á su vez la mandó á Buenos

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-72

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