al encargado del saladero entregasen á la órden de los últimos 8000 cueres salados que les habian vendido segun el contrato de que le habian remitido copia, carta que fué endosada por los demandados á favor de los corredores interventores, 30, Que con fecha 7 de Julio del mismo año los mismo correñores Gustavo Napp y Ca. compraron á A. Benitez y C°., por cuenta de Fels Seilfers y Ca., todos los cueros de novillo salados que se necesitasen para completar el cargamento del Bernhard al precio de 48 | rls. fis. la pesada, pagaderos 1500 el dia siguiente, 8 del mes espresado, y los vendedores entregaron la carta de f. 4 en que, con la misma fecha 7 de Julio, ordenan entregar todos los cueros salados de novillo que fuesen necesarios para completar ecargamento del buque Bernhard que, agregaban, está car gando 8000 cueros de ese saladero, previniéndole ademas que era entendido que tomaria recibo por separado del exceso sobre 5000 cueros que entregase; carla que fué endosada por los compradores á favor de los corredores ú reconocedores Gustavo Napp y Ca.
4". Que á virtud de dichos contratos el saladero entregó 9600 cueros salados, como lo afirman los demandante ú f. 11 y lo reconocen los demandados al contestar 4 la demanda y por el hecho de haber exhibido la cuenta de f. 46.
5. Que los vendedores fundándose por una parte en que por el primer contrato solo estaban obligados á entregar 8000 cueros, mas ó menos, y que su obligacion estaba cumplida entregando exactamente 8000, como mandaron entregar por la carta órden de f. 2 que aceptaron los compradores, y por la otra, en el segundo contrato que señalaba un precio mas alto á los cueros y en el número efectivo que habian entregado, se presentaron demandando á Fels Seiffers y C°. por el pago de F. 2057.2 e. saldo que
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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:431
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