Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 13:315 de la CSJN Argentina - Año: 1872

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA LX.
D. Antero Barriga, contra los herederos de Da. Josefa Lemos, sobre reivindicacion — Incidente sobre competencia.

Sumario - 1° Pendiente un juicio de deslinde ante la jurisdiccion provincial, no puede entablarse ante la nacional accion reivindicatoria sobre uno de los fundos 4 deslindarse.

20 Iniciado un juicio posesorio no puede intentarse el petitorio antes que aquella instancia haya terminado.

30 Radicado un juicio ante los tribunales de Provincia debe sentenciarse y lenecer en la jurisdiccion provincial.

40 Para surtir el fuero nacional por razon de las personas, es necesario que el derecho disputado haya correspondido originariamente y no por sesión ó mandato á personas respectivamente sujelas á la jurisdiccion nacional.

Caso — D. Antero Barriga, estrangero, demandó ante el Juez de la Seccion de Mendoza á los herederos de Da.

Josefa Lemos, argentinos, sobre reivindicacion del fundo « Ancon » ubicado en el Deparlamento de Tupungato.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

78

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1872, CSJN Fallos: 13:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-315

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 13 en el número: 315 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos