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Fallos: 13:188 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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Basso; y pidió contra este último y la Podestá una pena arbitraria por estar en desuso las leyes españolas que castigan ese delito.

Tramitado el proceso se dictó este Fallo del Juez de Seccion.

Buenos Aires, Enero 22 de 1873.

Y vistos, estos aulos seguidos contra Luis Basso y Mariana Podestá, presentes, y prófugos Felipe Bado y Antonio Caizeta, por hurto y ocultación de cuatro máquinas de coser, cometido á bordo de una ballanera y resultando: 1° Que en la noche del nueve al diez de Noviembre del año próximo pasado, estando fondeada cerca del muelle la ballanera de Juan Desulabich con carga, tomada de una barca alemana perteneciente á los Sres. Guerrero, se sustrajo de la troja cuatro cajones conteniendo cuatro máquinas de coser, habiendo para ello cortado la amarra, que sugetaba la cubierta de la carga, segun todo resulta del parle del comisario Agrelo f. 2 y declaraciones de Bernabé Rodriguez f. 18, José Mayo f. 20 y Juan Desulabich f. 29. 2" Que una de las máquinas hurtades fué llevada por encargo de Lnis Basso á la casa de remate de D. Martin Hidalgo y la otra á la de los Sres. Bequio Olivera, donde fueron encontradas y recogidas por la Policía, el parte ya citado y declaraciones de Luis Basso f. 6, Jacinto Monteroso f. 16 vta., Bernabé Rodriguez f. 18, Martin Hidalgo f£. 23 y Eloi Olivera 1. 26. 3" Que prosiguiéndose en las averiguaciones por los dalos recugidos, fué encontrada la tercera máquina en la Boca en casa de María Capellini á donde fué llevada por Basso y el zapatero Raffo, despues de haberse descubierto

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:188 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-188

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