Que el señor Ernesto Rouquaud, como cesionario del del señor Crozat de Sempere, fundó en el año 1872 en las tierras de referencia, una colonia pescadora y establecimientos para la fabricación de aceite de pescado y preparación de pescado seco y salado, fletando varios buques para condi.
cir allí familias, víveres, utensilios y demás materiales y efectos necesarios para la instalación de las fábricas y habitaciones.
Que se establecieron las fábricas, se construyeron. galpones.
más de cien casas, la iglesia y el cementerio, y se dió comienzo a "las faenas agrícolas y a la explotación de las industria pesquera.
Que, en estas circunstancias, apareció el navío de guerra chileno "Abtao" a tomar posesión de aquellas tierras en nombre de su país y hacer actos de soberanía, que consistieron en destruir los establecimientos y casas, despojarlos de las embarcaciones allí existentes y conducir detenido al señor Rouquaud al puerto de Valparaiso.
Que no obstante las simpatías que inspiraba la suerte del señor Rouquaud por el despojo sufrido en nombre de una doctrina internacional, el Gobierno Argentino no le am.
paró en la posesión de la tierra.
Que las fuerzas chilenas se retiraron tras un incidente diplomático que se sustanció después y que sirvió luego de antecedente a muestra cuestión internacional con el país nombrado.
Que este incidente tuvo su expediente reservado en el Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual fué estudiado por funcionarios comisionados al efecto .por el Ministerio de Agricultura, ante el cual el señor Rouquaud entabló gestiones para el reconocimiento de sus derechos, y con este mo.
tivo se emitieron opiniones entre otros por el señor Asesor Letrado y Director de Tierras y Colonias, manifestando que el señor Rouquaud había cumplido parte. de las condiciones a que estaba subordinada la concesión y que si las demás obligaciones no fueron cumplidas, se debió a un caso de fuerza
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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:121
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