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Fallos: 127:182 de la CSJN Argentina - Año: 1918

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182 FALLOS DE LA CORTE SUFREMA Que la misma defensa sostiene también, subsidiariament:

la revocación de la calificación del delito establecida por la° sentencia apolada y que en vez del homicidio simple. Cin:

nez habria sido reo de homicidio provocado, previsto por el Ds rióióo idel articulo 17, ley de reformas, peró a esta calificación sólo puede llegarse prescindiendo en absoluto de 105 antecedentes inmediatos del hecho, y considerando aisladamente el final de la escena que tuvo por desenlace la muerte de , Maecione, En efecto, consta acabadamente de la prueba de autos que en una cas: de comercio de la estación Challací se habían reunido varios peones de %a cuadrilla del ferrocarril, de que el mismo peo formaba parte; que esta retinión pacífica fué súbitamente interrumpida por Giménez quien, penetrando en el negocio, se apoderó de una botella de vino de la que todos bebían y empezó a beber de ella, sin

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Año: 1918, CSJN Fallos: 127:182 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-127/pagina-182

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