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Fallos: 126:346 de la CSJN Argentina - Año: 1917

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conforme con esta resolución, se sirva elevar los autos ala Suprema Corte de Justicia Nacional. Hágase saber. — Juan del Campilld. — Ante mi: Norberto E. Fernández.

¡
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre °6 de 1917.

Suprema Corte:

Resulta de las presentes actuaciones que el hecho delictuoso que las motiva, si fuere comprobado, habría sido cometido en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por cuanto en esta jurisdicción fué vendida la mercadería objeto de la defraudación, y percibida el dinero que el acusado ha tenido en su poder sin remitirlo a su dueño.

Por ello, y lo dispuesto por los artículos 35 y 36 del Código de Procedimientos en lo Criminal, pido a V. E. se sirva deelarar competente al señor Juez del Crimen de La Plata, Julio Botet.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 30 de 1917.

Autos y vistos: .

Los de contienda de competencia negativa entre un Juez de Instrucción de la Capital y otro del Crimen de Ta Plata 1 para conocer de la denuncia por defraudación formulada por don Juan A. Michelena contra don Gregorio Ch. Saubidet, ante las autoridades de la provincia de Buenos Aires, y Considerando :

Que en el supuesto de que los hechos denunciados constituyesen el delito de defraudación, es de observarse que tales hechos se cometieron-en la referida provincia.

Que, en efecto, la mercadería fué cargada en la estación "Dionisia", con destino a "Las Flores", del Ferrocarril del " Sud, consignada a don Luis Manfredi para ser vendida por

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Año: 1917, CSJN Fallos: 126:346 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-126/pagina-346

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