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Fallos: 125:324 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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324 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA caso de contienda con otra jurisdicción, la Corte Supremo no pueda determnar el juez que considere competente, usando de la atribución conferida por el artículo e, inciso el) de la ley 4055.

3" No.es posible sostener que los artienlos 12, inciso 1." de la ley 48 y 2 de la 027 excluyan en sus términos los juicios de concurso civil de acreedores cenando elichas disposiciones, en la generalidad de sus preceptos. comprender a todos los juicios universales, Caso: Lo explican las piezas siguientes :

VISTA FISCAL
Buenos Aires, Noviembre 15 de 15.

Señor Juez:

Puede S. S. librar el oficio inhibitorio que se solicita precedentemente, El concurso civil iniciado ame U. $. juez del domicilio del concursado, es universal por su naturaleza, y atrae a sí por consiguiente, todos los pleitos en que el dendor sea parte como demandado.

El carácter local de la ley que regla los concursos civiles no puede ser obstáculo a la remisión de los diversos juicios al juez del universal, dado que aún los tribunales macionales.

por leyes expresas reconocen y se someten a la jurisdicción común del concursado Cartículo 12, inciso 1 ley sobre jurisdicción y competencia de los tribales de 14 de Septiembre ele 1863:2 . de la número 927 de 3 de Septiembre de 1878).

Por otra parte, sin la reunión ante un solo juez — el del domicilio del concursado — de todos los pleitos en que éste fuera parte como dendor, no sería tampoco posible la aplicación de los preceptos generales sobre privilegios y concordancia y gradación de créditos, estatuidos por el Código Civil. De donde cabe entonces concluir que la miversalidad de que se trata con los caracteres expresados está sancionada por leyes de fondo obligatorios para toda la Nación, J. Vsnac Arriola

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Año: 1916, CSJN Fallos: 125:324 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-125/pagina-324

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