190 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA competencia, sería contraria a los hechos probados y por consiguiente a las prescripciones del art. 12, inciso 4" de la ley N.° 48.
Que lo expuesto hace inútil resolver si Guiñazú prorrogó o no la jurisdicción ordinaria del juez de San Luis al no oponer las excepciones que tuviera dentro del término fijado para ello.
En su mérito y conforme con lo pedido por el señor Procurador General se declara juez competente para entender en la presente causa al ordinario de la provincia de San Luis a Y quién se le remitirán los autos avisándose por oficio al juez federal de la misma, previa reposición de sellos.
A. BERMEJO, — NICANOR G. DEL
Sor.ar. — D. E. Paracto, — J. Ficreros ALCOrra.
Provincia de Corrientes, contra don Vicente Blásco Ibáñez y y don Máximo Duís Dias, por cumplimiento de contratrato: sobre término extraordinario de prueba.
Sumario: Para la concesión del término extraordinario no basta solicitarlo dentro del término de diez días contados desde la recepción de la causa a prueba: es necesario tam.
hién indicar el nombre de los testigos y las fechas o contenido de los docnmentos que deban reconocerse y el registro o archivo donde éstos se encuentran.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
PETICION
Exma Suprema Corte:
Isane Garcia por 14 representación que ejerzo en el juicio
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Año: 1916, CSJN Fallos: 125:190
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