a -— DE JUSTICIA DE LA NACION 159 cedido el presente recurso, mandando que los autos vuelvan al tribunal de su procedencia.
Julio Botet.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos °...cs, Marzo 10 de 1017.
Vistos y Considerando :
Que la sentencia de fojas 169, en cuanto confirma por sus fundamentos la de fojas 162, hace constar como lo expresa e! apelante a fojas 167, que la base de la resolución es que las mercaderias de que se trata no han pasado por la aduana del territorio nacional de los Andes ni han sido descubiertas y aprehendidas por los empleados de la misma, lo que hace de aplicación el art. 1034 de las Ordenanzas de Aduana.
Que se hace constar además (fs. 163 vuelta) que el contrabando no fué descubierto en jurisdicción de la aduana del .
territorio, pues había salido de ella.
Que tales conclusiones de hecho no pueden ser revisadas , por este tribunal en un recurso extraordinario como el traido, según lo reiteradamente resuelto.
En su mérito y conforme con lo expuesto y pedido por ci señor Procurador General, se declara mal concedido el recurso E Notifiquese original y devuélvase.
NICANOR G, DEL SOLAR, — D. E.
Pauacio. — J. Ficrrros ALCORTA.
Criminal, contra Pedro Molinari y otros, por falso testimonio:
competencia negativa.
Sumario: Corresponde a la justicia nacional el conocimiento de un delito de falsedad que se dice cometido en decla
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Año: 1916, CSJN Fallos: 125:159
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