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Fallos: 123:360 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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—.. FALLOS DE 1,4 CORTE SUPREMA U demanda por cobro de pesos interpuesta por don Benigno C. Villegas contra don Francisco Guzzoni, y Considerando :

Que aun cuando en el escrito corriente a fojas 9. uutos seguidos ante el Juez de primera instancia de La Plata, Guzzoni manifiesta que no contesta la demanda, opone tina excepción que importa reconocer la jurisdicción del juez ante quien se le demanda, por cuanto se refiere al fondo del asunto y no a la competencia de aquél ( Fallos, tomo 62 pág. 422 ) Por ello y conforme con lo dictaminado y pedido por el señor Procurador General se declara juez competente al" ordinario de dicha ciudad y en su mérito y previa reposición de sellos, remitansele los autos, avisándose por oficio al Juez Federal. Notifíquese original.


A. DerMEJO, — NICANOR G, DEL
Soñar, — D. E. Paracio,
J. FiGuEROs ALCORTA.
Empresa constructora del Palacio del Congreso "Pablo Besana e hijos". contra el Poder Ejecutivo Nacional, sobre interdicto de obra nueza, Sumario: En una demanda sobre amparo en la posesión y retención de la obra del Congreso y materiales existentes en la mwisma, no pueden considerarse como una reclamación ante el Poder Ejecutivo y la denegación de parte de éste que exige el art. 1.° de la ley 3952 a los fines en él pre vistos, la manifestación del demandante consintiendo en + la extracción de los materiales a costa del gobierno ni la nota de la dirección de arquitectura commicando que con tal fecha daría cumplimiento al decreto del Poder Eje

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Año: 1916, CSJN Fallos: 123:360 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-360

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