DE JUSTICIA DE LA NACION 57
SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES
La Plata, Marzo 26 de 1915.
Y Vistos: Considerando:
Esta causa se ha seguido contra Serviliano Avaca o Ruiz o Domingo González, por homicidio en la persona de José Maria lópez, en Luena Parada, Territorio del Río Negro, cometido el día 15 de Septiembre de 1919, de 8 a 9 p. m.
El delito de homicidio y la identidad del delincuente, se encuentran comprobados en autos, con la partida de defunción de fs. 27, certificado médico de fs. 24 vta., declaraciones de testigos de fs. 4, 6, ), 11 y 16 y con la confesión del eíocesado de fs. 19, ratificada en su indagatoria de fs. 35.
En efecto: Juan Morbelli, propietario de la fonda donde se constimó el hecho, manifiesta que siendo como las ocho y media de la noche del quince de Septiembre, en circunstancias en que el declarante volvia de llevar a su habitación a un cliente, "sc encontró con que, en el despacho, el sujeto Ruiz González, que había legado en ese momento, estaba discutiendo con Lopez, por lo que el dicente (Morbel!i) le observó que no fuese a provocar desorden, y entonces el tal Ruiz González desafió :
a todos los que estaban en la fonda, diciendo que el que fuese más capaz saliera a la calle, ala vez que él salia"; que López lo siguió despues de otra persona a quien apodaban "El alazán":
que este último volvió luego, diciendo que el hombre estaba herido, resmitando ser éste José Maria López, quien falleció poco después, manifestando que su heridor fué Ruiz González. | Esta declaración concuerda en 1 todo con las de los otros testigos del sumario Hermenegildo de Landa, corriente a fs. 4, Adrián Schuft a fs. 9, Justo Pérez a fs. 11 y José Nievas as, 10, | E! procesado en su recordada indagatoria, no niega ser el autor de la muerte de López, aunque pretende justificar el he- ¿ cho manifestando que lo hizo en defensa de su persona, pues al :
q a E a
Compartir
48Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1915, CSJN Fallos: 122:357
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-122/pagina-357
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 122 en el número: 357 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos