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Fallos: 121:92 de la CSJN Argentina - Año: 1915

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—_- + FALLOS DE LA CORTE SUPREMA e DICTAMEN DEL FISCAL DE CAMARA uo A 7 Buenos Aires, Abril 6 de 1955.

Excma. Cámara :

Don Miguel Marrero, se presentó ante el juez de instrucción de la Capital interponiendo el recurso de habeas corpus por haber el Director General de Inmigración impedido el desembarco de la señorita Isabel de la Cruz Díaz del vapor "Reina Victoria Y Eugenia" donde viajaba como pasajera de tercera clase, habiendo hecho lugar al recurso, auto que ha sido apelado por el Director de Inmigración.

El conocimiento de esta causa correspondia a la justicia federal, pero habiendo sucedido el hecho en los días de Semana Santa en que estaba cerrado el juzgado federal, ha ocurrido al juez de instrucción, según se desprende del mismo escrito del señor Marrero.

El auto del juez de instrucción se funda en los artículos 12 y 13 de la ley de inmigración número 817, y como tal considera que no siendo la expresada Isabel de la Cruz Diaz inmigrante, mo le es aplicable el art. 32 de la ley, sin fijarse que ante o para ella todos los pasajeros de segunda y tercera clase son inmigrantes y que los beneficios acordados por el art. 13, de darles alojamiento, pasaje, etc., es lo único que pueden renunciar pero no eximirse de las condiciones de moralidad y aptitudes de que habla el art. 12. " :

da resolución del señor juez la considero de suma gravedad por los peligros que entraña para el pais recibir inmigrantes afectados de mal contagioso, inútiles para el trabajo o con las demás tachas que expresa el art. 32.

En concepto de la ley todo pasajero de segunda y tercera clase que mo tenga las condiciones del art. 12 y por lo tanto estén afectados de las tachas de que habla el art. 32, le es aplicable lo :

que establece este artículo.

El art. 7 del decreto reglamentario, de la ley, dictado en

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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-92

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