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Fallos: 121:295 de la CSJN Argentina - Año: 1915

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DE JUSTICIA DE LA NACION 295 citamente comprendidos en los términos de la ley de 22 de Noviembre de 1910 aprobatoria del contrato de seis de Noviembre del mismo año que en su art. 7 autorizó el nombramiento de un delegado en Europa para firmar los prospectos, certificados provisorios, cupones, títulos y demás documentos de práctica.

Por estos fundamentos se declara que la provincia demandada está obligada a pagar a don Emilio N. Casares dentro del término de treinta días el precio que fijen árbitros por los servicios indicados en el mandato de fs. 73. Las costas se abonarán en el orden causado atenta la naturaleza de las cuestiones debatidas. Notifíquese con el original y repuestos los sellos archivese.


A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL
SoLar, — M. P. Daracr. — D. E. Paracio.

CAUSA LIT
Sumario instruido a Felisa Orona por aborto provocado; sobre competencia Sumario: Apareciendo, prima facie, que el delito fué cometido en esta capital, corresponde al juez de instrucción de la misma, el conocimiento de la causa, Caso: To explican las piezas siguientes:

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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:295 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-295

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