Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 121:285 de la CSJN Argentina - Año: 1915

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACION 255

CAUSAL
Don bel Gutiérrez en autos con don Juan C, Bancalari, sobre 6 reivindicación, Recurso de hecho Sumario: La inviolabilidad de la defensa en juicio que consagra el art. 18 de la Constitución, importa que el litigante debe ser oirlo y encontrarse en condiciones de ejercitar sus dere chos en la forma y con las solemnidades establecidas por las leyes de procedimientos: y la exigencia de firma de letrado no es violatoria de esa garantía, ni da Jugar, salvo caso extraordinario, al recurso del art. 14, ley 48, Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SF, PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 30 de 1915.

Suprema Corte:

El recurso presentado ante V. E. es manifiestamente improcedente, de acuerdo con lo que resulta de la propia exposición del recurrente, La invocación que hace el apelante del art, 18 de la Constitición Nacional, no basta para fundar por sí el recurso, pues la garantia consagrada en esa clánsula en cuanto establece la libertad y la inviolabilidad de la defensa en juicio, según la cual el litigante debe ser oido y ejercitar sus derechos en la forma y con las solemnidades fijadas por las leyes comunes de procedimientos, no ha sido vulnerada en el caso, en que sólo se exige un requisito que en vez de ser violatorio de la referida garantía constitulional, tiende y tiene por efecto asegurar en la tramita

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

146

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1915, CSJN Fallos: 121:285 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-285

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 121 en el número: 285 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos