y —.—. Ma : " pe 20 SALLOS DE LA CORTE SUPREMA prende la prueba de que el hecho confesado es fisicamente imposible de parte de Alegre y no concuerda con las circunstancias y accidentes del delito, siendo por lo tanto inverosimil (artículos 3 316 y 319 del Código de Procedimientos). Lo demuestran: 1.
La declaración del testigo presencial, agente Miranda, que vió cuando Rivarola hizo los disparos contra García, en circunstanue cias que luchaba con Alegre: "oyó, dice, atrás y al costado dereha cho del declarante la detonación de un tiro, y al darse vuelta vió al sujeto Atanasio Rivarola parado contra la puerta principal + de entrada al salón y la de cancel, que disparó tres tiros más en E contra del sargento, el que a su vez y ya tambaleando, le hizo un disparo y cayó de espaldas, tirano en esa circunstancia y sin Pp duda con las ansias de la muerte, otro tiro" (fs. 435).
2." La veracidad de esta declaración, corroborada por las | averiguaciones hechas por el instructor, confirmadas por los peritos a fs. 24 y 27 vta. junto con el croquis y sus referencias de fs. 26, en cuanto constatan que en el sa'ón del prostibulo y en el marco de un biombo a un metro y medio del piso, se nota un orificio producido por una bala, con entrada de afuera hacia adentro, sin orificio de salida, y del cual se extrajo después un proyectil de cobre correspondiente al revólver suizo que usaba el sargento, y un otro orificio más en la hoja derecha del postigo de la puerta principal, a un metro del piso, el que atravesando el batiente de la misma salía a un costado de adentro hacia .
afuera, correspondiente a un tiro hecho de muy cerca, a juzgar por el fogonazo que lo circundaba. .
3" Que ambos procesados también dicen que Alegre estabu en la calle cuando ocurrieron los hechos, 4 El testigo Chaparteli que también .ió armado a Rivarola fs. 7 y 7 vta.).
5 El arma secuestrada, que no es la que usaba Alegre, como lo declaran otros testigos fs. 14, 16, 18 vta. y 20.
6 La herida que presentaba Rivarola en la falange del indice de la mano izquierda, que no pudo ser hecha por Alegr:
"mientras aquél le tomaba cl caño del revólver, pues "no habien
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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:280
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