Di JUSTICIA DE LA NACION » misaria y dióle cuenta al sargento Garcia lo que acababa de narrar, recibiendo en el acto orden de éste de ir a buscar a Alegre y citarlo a la comisaría ; que a los veinte minutos más o menos encontró a Alegre en el prostibulo y le dió la orden referida, contestándole el mismo que a las tres se presentaria, contestación que inmediatamente transmitió al sargento, quien en compañía del dicente se trasladaron a! prostibulo de Josefina Gaa Vardo donde encontraron a Alegre al que el sargento con el modo habitual pidióle lo acompañara a la comisaria, obteniendo por contestación tn no roy, unido a lo cual saltó atrás y sacó revólver, pudiendo el declarante agarrarle el puño en el momento en que hacía punteria: que signiendo la lucha para reducir a prisión a Alegre ovó atrás y al costado derecho del dectarante la detonación de wn tiro y al darse vuelta vió al sujeto Atemasio Rivarola narado entre la puerta principal de entrada al salón y la de carcel, que disporó tres tiros más en contra del sargento el que a stt vez y ya tambaleando le hizo un disparo y cayó de espalda tirando cn esa circunstancia y sin duda con las ansias de la muerte otro tiro".
Que el referido testigo respondiendo a otras preguntas que se le hicieron en el mismo acto de su declaración con respecto al y revólver que decia tener Alegre manifiesta "que sin temor de equivocarse erée haya sido pistola en vez de revólver" y agrega que no vió "el arma que usó Rivarola cuando disparó los tiros contra el sargento, pues como ya ha declarado, Rivarola hizo fuego de entre la puerta principa! del salón y la de cancel, quedando en consecuencia para el declarante, casi oculto", "Que la inspección ocular de fs. 1 vta. a fs. 2, plano de fs. 26 e informe de los peritos de fs. 27, así como las declaraciones de los testigos Justo Chaparte'li, fs. 6 vta.: Antonio Ochoa fs. 13 - 4 vuelta: Emilio Núñez, fs. 15 vta.: Petra Pérez, fs, 18, y Sebas- | tiana Flores, fs. 19 y demás diligencias practicadas en el suma- 1 rio instruido por las autoridades policiales del pueblo de "Bernasconi" lugar en que se realizaron los hechos que quedan ex- " presados, confirman lo expuesto por el gendarme Francisco Miranda en su citada declaración de fs. 3 vta. a fs. 6. i y "
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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:283
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