r 236 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Compañía de un aparato generador de gas acetileno de inves E ción de don Migue! Marcet que denominó "Niágara". Antes de efectuar mayores gastos, resolvió comerciar con ello mediante E la venta al detalle de esos aparatos, y viendo después por los ñ ensayos hechos que el negocio valia la pena de proseguirlo, e1 e comendó a uno de sus emp'eados, se encargara de correr con to| do: los trámites de un pedido de patente por el referido aparato.
> Este empleado, llamado Francisco Rodríguez, sacó provisoriamente a su nombre la patente, sabiendo que más tarde debía transferirla al señor Vaccario o a la "American Ligth C."" Asi se hizo y de ahi que actualmente la patente cuya nulidad se pide esté a nombre de mi mandante".
Las dos terminantes dec'araciones hechas en distintas ocasiones, han sido contradichas, sin embargo, por el mismo % accario al absolver, a fs. 53, la cuarta pregunta del interrogatorio de fs. 51; pero basta la enunciación que se ha hecho de las confesiones contrarias válidas que relevarian de prueba al actor, y las demás circunstancias particulares de esta causa, para justificar la convicción que se impone sobre la existencia de la más completa mala fe del demandado en todo lo relativo a esta cuestión. Por la misma razón no ha sido necesario insistir en un nuevo peritaje para demostrar la similitud del "Niágara" con e "Alfa" y la patente 4620, objeto que se tuvo en vista al designar al señor ingeniero Dorus y que por error en la redacción del auto de fs. 117, se limitó a las dos primeras, con el resultado siempre útil de ilustrar con una opinión autorizada más, las concusiones anteriormente expuestas Por estas consideraciones y el derecho invocado por el demandante, fallo: declarando la nulidad de la patente número 4620 e propiedad de dos Pedro Vaccario, con costas. Comuniquese oportunamente a la oficina respectiva, hágase saber y repónganse las fojas.
E. Claros,
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:236
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