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Fallos: 120:232 de la CSJN Argentina - Año: 1914

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ral, una resolución en que ésta declaraba inapelable un auto del inferior denegatorio de una solicitud de nueva audiencia, resolución que no puede considerarse sentencia definitiva a los fines del recurso previsto en el art. 14, de la ley número 48, porque 210 resuelve el pleito ni se opone a su continuación. ( Fallos, tomo 116, páginas 27 y 339, y otros) ; y considerando además:

Que, en todo caso, si el recurrente resultara condenado sin defensa habría l'egado entonces la oportunidad de hacer valer la garantia constitucional respectiva.

Por ello no ha lugar a la queja que se deduce, y archivese
A, BERMEJO, — NICANOR G. DEL
SoLar. — M. P. Darier. — D. E. Par.acio.

CAUSA LIV
Don Marcelino Carranza contra don Pedro Vaccario, sobre nulidad de una patente Sumario: No procede el recurso extraordinario del art. 14, ley 48 contra una sentencia que dec'ara nula una patente de invención, basándose en la circunstancia de hecho de no presentar diferencias características de sistemas distintos ¡o:

aparatos objetos de las patentes en cuestión. La imposición de costas no puede ser materia del mismo recurso.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :

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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:232 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-120/pagina-232

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