Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 120:234 de la CSJN Argentina - Año: 1914

Anterior ... | Siguiente ...

2 PALLOS DE'LA CORTE SUPREMA + los ensayos hechos, que el negocio valia la pena de proseguirio, encomendó a uno de sus empleados, se encargara de correr con todos los trámites de un pedido de patente por el referido apau rato. Este empleado llamado Francisco Rodríguez, sacó proviE soriamente a st nombre la patente, sabiendo que más tarde de Lo bía transferirla al señor Vaccario 0 a la "American Ligth €".

Así se hizo y de ahí que actualmente la patente cuya nulidad se pide, esté a nombre de su mandante, É Una de las causales en que el actor funda <1 acción se hace emerger del art. 4 de la ley en que declara en una de sus partes que no son susceptibles de patente los descubrimientos o invenciones que hayan sido publicados suficientemente ea e! país o fuera de él; invocando como correlativo el art. 46 que dice que serán nulas las patentes obtenidas con un titu'o frandulentamente falso, que no correspondiere a la invención, etc., o se explotare ya en la Repúb'ica, en la fecha de la patente, el descubrimiento que fuere su objeto, —caso que sostiene no se refieren al suyo, porque no hubo publicación anterior hecha por extraño al demandado, porque el título corresponde al invosto y porque la Y explotación anterior que menciona la ley, se refiere a los casos de reva'idación de patentes extranjeras conforme lo establece el fallo de la Suprema Corte del tomo 7 pág. 348 .

Niega en absoluto que la patente número 4620 sea copia de la 3907. Ambos inventos destinados a un mismo fin tenían que coincidir necesariamente en muchos detalles, pero, eso no impedía que difirieran en el conjunto por la desemejanza y mecanismo diferente de muchos otros detalles, De ahí, pues, que ambos puedan coexistir sin transgresión a la ley, sin afectar derechos ya adquiridos y sin agravios recíprocos. Además, asi lo tiene declarado la oficina de patentes: la patente número 3907 no se opone en nada a la número 4620, según el informe técnico del perito oficial de la oficina de patentes de invención, ingeniero señor Garcia.

Niega también todos y cada uno de los demás hechos expuesto que se refiera: a la presente imitación o copia del inven

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

79

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1914, CSJN Fallos: 120:234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-120/pagina-234

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 120 en el número: 234 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos