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Fallos: 12:482 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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Reducidos á prision los indicados y levantado el correspondiente sumario, el Procurador Fiscal, pidió contra ellos la pena del art. 81, 220, de la ley penal.

Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, 24 de Setiembre de 1872 Y vistos, estos autos seguidos contra Gabriel Pacheco, Pablo Daniel Villalobo, Andrés Reinaldi y Bernardo Rica, por sustraccion de efectos de los almacenes de Aduana y resultando : 10 Que teniendo conocimiento el mayordomo de peones D. Santiago Servi, que algunos de estos vendian ocultamente electos, que suponia sustraidos en los depósilos de Aduana, dió parte al Comisario D. Octavio Gonzalez, quien procedió á allanar la casa, calle Tacuarí núm. 124 de Gabriel Pacheco y Pablo Daniel Villalobo, encontrando los objetos que se detallan á f. 4 (oficio de D. Santiago Servi f, 1', actuaciones de f. G y declaraciones de los Comisarios Wright y Gonzalez f. 18 vuelta y 20, y Jorge Edma f. 20); 2" Que interrogados los espresados dueños de la casa sobre la procedencia de estos efectos, citó Pacheco á Reinaldi y Rica como autor el primero de la sustraccion de los efectos, que se le habian encontrado y al segundo de unos revolvers y otros electos, confesando por su parte que él los tomó de un cuarto contiguo al depósito de García á donde los había ocultado Reinaldi (declaraciones de Pacheco, fs. 6, 8 vta. y 13) : 3" Que interrogado Reinaldi y Rica sobre las referencias anteriores las contradijeron ambos, confesando el primero haber tomado un revolver del depósito de Garano y el segundo unas zapatillas del de García (declaraciones de fs. 5, 11 vuelta y 13); 4" Que no se ha podido averiguar que haya habido falta en los de

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:482 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-482

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