Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Setiembre 19 de 1872.
Vistos: De conformidad con lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General, se confirma el auto apelado de foja vente vuelta, debiendo reponerse por los Señores Zimmerman, Fair y compañía, el sello correspondiente al valor del contrato de foja dos, devuélvanse en consecuencia los autos, prévia reposicion de sellos y pago de costas de esta instancia.
SALVADOR M. DEL CARRIL.— FRANCISCO
Decano, —José B. GORosTtIAGA.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:289
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