CAUSA LXXXIX.
A Devoto y hermano, contra D. Pablo Voltmer, capitan de la barca « B. C. Peters, » sobre indemnizacion de doños y perjuicios y cobro de fletes.
Sumario. — 19 Los capitanes no son responsables de las averias causadas por infortunio y accidentes de mar.
20 Para ello es necesario que justifiquen que las averías han provenido realmente de tales accidentes, habilitando así á los cargadores para reclamar de los seguros el importe de aquellas.
3" No habiendo ocurrido accidentes estraordinarios, y constando que la carga sulrió averías por el agua introducida en las escolillas, la avería es imputable al capitan.
4" Para que el capitan sea responsable de la avería, basta el hecho de no justificarse por él que la misma ha procedido de vicio propio de la cosa, fuerza mayor ó culpa del cargador.
5" Las averías comprenden no solo el deterioro de la carga, sinó tambien la cantidad que se entrega de ménos.
60 La cláusula puesta en el conocimiento de ignorar su número, peso y contenido no favorece al capitan, cuando
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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:190
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