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Fallos: 119:219 de la CSJN Argentina - Año: 1914

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ra, deslinde y amojonamiento de la estancia "El Moreno" practicada el año 1906 por el agrimensor señor Napoleón Robín .

Castro, a solicitud del señor Pio Santibáñez, librándosele los ex- | hortos del caso a dos señores jueces de la provincia. Repóngase.

— D. Cerezo" E Por tanto ruego y exhorto a U. S. se sirva dar al presente E su debido cumplimiento, ordenando la remisión de los expedien- — tes que se solicitan, con cargo de reciprocidad por parte del mirascripto. ui Dado en Catamarca a 27 días de septiembre de 1912. —D.

Cerezo" y a RESOLUCION DEL JUEZ DE 1" INSTANCIA a a Catamarca, octubre 22 de 1912.—Y vistos: el presente ex- a horto venido del juzgado federal de esta capital, solicitando se | lleven a la vista los expedientes caratulados "Luis Potti contra el señor Fruto Rojas y otros, por daños y perjuicios" y Mensu- = | ra, deslinde y amojornamiento de la estancia "El Moreno", los +31 cuales se encuentran, el primero en la secretaría de este juzgado y el segundo en el archivo de los tribunales. E E Y considerando: Er 1° Que la ley orgánica en su art. 206 prohibe de una mane-— ra imperativa "que los expedientes o protocolos no pueden sacarse de la oficina del archivo"; agregando en la misma disposición "que los jueces cuando lo creyeren necesario podrán ins- — peccionarlos o mandar que se saque copia de ellos". Que la citada ley orgánica de los tribunales en su art. 207, dice textual mente do siguiente: "No siendo esto posible, los jueces ordenarán su exhibición en el despacho, con designación de día y hora.

Concluida la inspección serán inmediatamente devueltos al no- — tario conservador, de todo lo que se dejará constancia en autos". — 2." Que en el presente caso no se ha probado la imposibiliso e

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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:219 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-119/pagina-219

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