DE JUSTICIA DE LA NACION 347 las bulas expedidas por su Santidad Pio X, instituyendo obispo titwar de Castabala y Auxiliar de Cuyo, a Monseñor Marcos Zapata, con las reservas que emanan de la Constitución y leye:
dictadas con arreglo a ella, sobre el patronato nacional, Devué'valse, en consecuencia, este expediente, a? poder ejecntivo con el correspondiente oficio,
NICANOR G. DEL SOLAR, — D. E-
Pañacio, — M. P, Darer.
L. López Canaxtn..as,
CAUSA CCCNIL
Luis y Húser contra la nación por devolición de impuestos Sunario: 1 — La protesta al! pagar un impuesto o la raserva hecha al verificar el pago, es un requisito necesario para la procedencia de demandas en restitución de las sumas abonadas por tal concepto, 2 — las disposiciones del código civil son de aplicación inmediata a actos regidos en su cansa, formas y efectos por el derecho común, y sólo subsidiariamente se extiende a la:
relaciones entre da administración y los gobernados que fo:man la materia propia del derecho público, 37 — La protección acordada por la nación, mediante E sus tribunaces, a las garantias que la Constitución Nacional reconoce a los contribuyentes, no es incondiciona! ni ilimituda ; estando, por el contrario, sujeta a restricciones expre
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:347
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