CAUSA CELNN
Villar, Koterto. contra .Intonio B. Obligado y otros, por cobro, ejecmtivo de pesos: incidente promovido por Podestá, Ovidio, Reenrso de hecho, Sumario: No es procedente el recurso extraordinario cuando no se han invocado en e preito Tas garantias de la defensa que se citan al deducirio, Caso: Lo explican Jas siguientes piezas:
DICTAMEN DEL $5. PROCURADOR GENERAL
Nuenos Aires, Noviembre 97 de 1913.
Suprema Corte:
El recurso que se deduce es manifiestamente imprecedeate, darto que Tas elánsulas constitucionales que se invocan para fundarlo, han sido alegadas por primera vez al deducir el recurso extraordinario, por lo enal no han podido ser examinadas por el tribunal que dictó la reso'ución ape'ada. Además, las enestiones a que ha dado lugar el incidente promovido por el recurrente, han sido decididas aplicando exclusivamente las disposiciones :
del código civil y de procedimientos de la capital, que están exeluidos de la jurisdicción de apelación de V. E. Art. 6", ley 4055, arts. 14 y 15. ley 4N: fal'os, tomo ri4, página 444).
Vor ello, pido a V, E. declare bien denegado el recurso intermesto y ordene la devolución de los artos a la cámara de st ] procedencia.
Julia Botet.
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:159
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