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Fallos: 117:58 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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1 a " Le FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE, SUPREMA
Buenos Aires, Mayo 31 de 1913 Y vistos:

El incidente sobre producción de prueba pericial promovido por el actor a fs. 48 de si cuaderno respectivo; Y considerando :

Que el demandante pidió se tuviera por nombrado al contador público don Pablo Pasquali (hijo, y se intimara a sti con traparte designara otro perito y el tribunal un tercero para el caso de discordia, a fin de informar a cuánto ascienden los de pósitos de fondos provenientes :lel empréstito externo hecho por el doctor Victorino Ortega en el Banco Provincial de San Juan.

y además, si en la contaduria general de aquella provincia con

Que, atento lo dispuesto en el articulo 142 de la ley nacional de procedimientos, nó se hizo tugar a esa petición por la providencia, fecha veinticuatro de Abril, contra la que el actor dedujo recurso de revocatoria, que ha sido debidamente substanciado.

Que, según ese articulo 142. ordenado un reconocimiento, "las partes, de común acuerdo, nombrarán uno o tres peritos para que lo practiquen, y no haciéndolo, el juez los designará en el mismo número, limitándose a uno si se tratare de un objeto de poco valor".

Que no puede admitirse que ese articulo se refiera túnica mente al reconocimiento pericial ordenado de oficio en el caso previsto en el articulo 102 de la ley de enjuiciamiento, porque está comprendido en el titulo "De la prueba de peritos" en que

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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:58 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-58

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