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Fallos: 117:384 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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Es CAUSA CCXX Oliva y Racioppi en autos con la municipalidad de Córdoba, sobre inconstitucionalidad de impuesto. Recurso de hecho Sumario: No procede el recurso previsto por el artículo 14 de a ley 48, contra una resolución que se contrae a considerar y decidir cuestiones de mero procedimiento resueltas por aplicación de las leyes procesales de una provincia.

Caso: Lo explica el siguiente :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires. Septiembre 27 de 1915.

Y vistos:

Para resolver sobre la queja interpuesta ante esta Corte, por haberse denegado a los recurrentes Oliva y Racioppi, la apelación deducida a fojas 59, contra la resolución de la cámara letra«da de paz de la ciudad de Córdoba, corriente a fojas 56.

Y considerando :

Que aun cuando de los autos enviados por dicho tribunal resulta que tanto en la instancia promovida a foja 1 por dichos Oliva y Racioppi, sobre inconstitucionalidad del impuesto municipal de análisis químico, como en el juicio de apremio que para el cobro de ese impuesto y su multa les promovió la municipalidad de aquella ciudad, se plantearon cuestiones de carácter federal, capaces, por consiguiente, de motivar el recurso extraordinario legislado en el artículo 14, ley 48, es de advertir que las resoluciones en ellas recaídas, fojas 25 y 48, quedaron ejecutoria

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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:384 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-384

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