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Fallos: 117:389 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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A FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Euenos Aires, Septiembre 30 de 1913.

Autos y vistos:

El recurso extraordinario de queja por apelación denegada interpuesto por el presidente de la Sociedad protectora de animales, contra resolución del comisario de policía de la seccióón A 27 de esta capital, que ha declarado que los actos denunciados de A "doma de potros, boleada y pialada de animales" no están com- | prendidos entre los penados por mal trato a los animales, man dando archivar las diligencias promovic 25 contra don Antonio Demarchi, presidente de la sociedad sportiva argentina; y 4 7 — Considerando: :

Que el articulo 2. de la ley 2786 dispone que en la capita. | de la república y territorios nacionales, las autoridades policia- 4 les prestarán a la Sociedad protectora de los animales, la coope- 3 ración necesaria para hacer cumplir las leyes, reglamentos y or- A denanzas dictados o que se dicten en protección de los animales, E siendo de la competencia de las mismas el juicio y aplicación de las penas en la forma en que 'o hacen para las contravenciones E policiales, — ° e Que, concordante con la citada disposición, el jefe de poli-°— cía, en orden del día 8 de Junio de 1902, dispuso que: Debe ser + atendida toda denuncia que haga cualquier persona respecto a las disposiciones sobre mal trato a los animales y comprobar el a hecho para la aplicación de la pena en la misma forma que las Que, con arreglo a lo dispuesto en e! artículo 586 del código o de procedimientos en lo criminal, en el juzgamiento sobre faltas, E a que se refiere el artículo 27 del mismo, el jefe o la autoridad municipal en su caso dictará la resolución que corresponda den- a tro del término de veinticuatro horas, determinándose así por la : E «4 3 ÉS

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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:389 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-389

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